El pasado martes 26 de enero la Suprema Corte de Justicia de la
Nación resolvió una acción de inconstitucionalidad contra un artículo del
código civil de Jalisco que menciona al
matrimonio entre un hombre y una mujer.
Lamentablemente, movimientos en contra del matrimonio entre un hombre
y una mujer y medios de comunicación irresponsables se han aprovechado de esta
situación y del desconocimiento de las personas para decir que el matrimonio
entre dos sexos se ha legalizado. Lo peor de todo es que esta falsa noticia se
ha pronunciado como “verdadera” por lo menos tres veces en los últimos seis
meses.
Y es que las personas, que como yo, no son abogados o que no están
familiarizados con el tema, no tienen la responsabilidad de conocer exactamente
lo que sucedió. Esto es aprovechado por estos movimientos y medios de
comunicación para generar una opinión pública manipulada.
¿Qué sucedió realmente? La Suprema Corte de Justicia de la Nación
votó por unanimidad en pleno, es decir los once ministros que la conforman, que
una porción del artículo 260 del código civil del estado de Jalisco es
inconstitucional. El artículo menciona lo siguiente:
“Para contraer matrimonio, el hombre y la mujer
necesitan contar con cuando menos dieciocho años de edad de conformidad a los
dispuesto por el artículo 45 de la Ley General de las Niñas, Niños y
Adolescentes.”
Si bien, el argumento central del artículo es fijar un límite
mínimo de edad para contraer matrimonio, la discusión se centro en la porción
que dice “el hombre y la mujer”. Es por eso que se votó por la
inconstitucionalidad de esta porción argumentando que es discriminatorio contra
las personas del mismo sexo.
Si bien, hay suficientes argumentos para afirmar que no existe tal
discriminación, me quiero centrar en la manipulación de la información y los
efectos que esta tiene.
Esta resolución posibilita por la vía jurídica que las parejas
homosexuales puedan contraer matrimonio en el Estado de Jalisco, sólo en este.
Sin embargo, esto no implica que el poder legislativo, encargado de dictar y
modificar las leyes, esté obligado a modificar dicho artículo. La SCJN no tiene
esa facultad, de hacerlo (que no puede) estaría violando el federalismo que
existe en nuestro país, es decir, la libertad o soberanía de cada estado de
legislar en sus competencias.
Mucho menos están obligados el resto de los estados a reformar sus
legislaciones, cada estado es autónomo y no debe ser presa de una ola de
falacias e ideologías en contra del matrimonio entre el hombre y una mujer.
Lamentablemente muchos activistas irresponsables y siguiendo sus
intereses personales han manipulado esta información y aprovechándose del
desconocimiento de incluso diputados locales, han impulsado la agenda en contra
del matrimonio entre un hombre y una mujer.
Esta manipulación a llevado a que en más de cinco estados se hayan
presentado, en menos de seis meses, iniciativas en contra del matrimonio entre
un hombre y una mujer. Lo más triste es que muchos legisladores han caído en
este juego político y existe la falsa idea de que “la Corte ya decidió y los
están obligando.”
La falacia es una herramienta de personas y movimientos que buscan
sus intereses personales, si realmente
buscaran el bien común, defenderían la verdad y no buscarían manipular a la
sociedad. No debemos caer en este juego político y mediático que tiene por
objetivo violentar la naturaleza del matrimonio a través del engaño.
Juan Antonio López Baljarg
@Juanlbaljarg
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